
Delimitar las cuestiones que se van a tratar
En el procedimiento ordinario civil, la audiencia previa permite abordar cuestiones procesales, concretar la controversia y proponer prueba, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil. La preparación debe ajustarse al caso y a las resoluciones dictadas.
Una nota de encargo puede separar las cuestiones procesales, los hechos controvertidos y la prueba que se pretende proponer, identificando qué documentos o instrucciones faltan.
Instrucciones claras y constancia posterior
Es necesario precisar el alcance de cualquier propuesta de acuerdo y el canal de consulta si surge una cuestión no prevista. La confirmación del encargo debe preceder a la actuación.
El informe posterior debe recoger lo sucedido y la información necesaria para que el despacho continúe el procedimiento, sin sustituir la revisión de las resoluciones o del soporte del acto cuando estén disponibles.
Documentación útil para la consulta
- Demanda, contestación y documentos relevantes
- Resoluciones procesales y señalamiento
- Nota de cuestiones procesales y hechos controvertidos
- Propuesta de prueba e instrucciones sobre posibles acuerdos
Preguntas frecuentes
¿Quién decide la estrategia del procedimiento?
El despacho responsable del expediente debe definir la estrategia y las instrucciones del encargo. Las cuestiones nuevas que excedan ese alcance requieren consulta o una instrucción previamente acordada.